Todo empezó cuando
descubrí esta foto que es del día de la boda de mi bisabuela Dolores
Orive Ontiveros, con José Gamarra Burguero, mi bisabuelo.
Me percaté de que mi madre debía parecerse a ella, pues no se parecía a su
madre, María Pilar Muzas Gamarra.
Hasta le había encontrado un ligero parecido a mí pero no le dí importancia
ni le dije nada a nadie porque no le guardaba ninguna simpatía. (Había hecho
una investigación sobre mi tatarabuelo, Salustiano Orive Oteo, y la conducta de
su hija Dolores, no me gustó en absoluto. Bueno, la de ningún hijo suyo.)
Cual fué mi sorpresa, cuando mi hermana me comentó que aquella señora, vas
que guardar parecido con mi madre, le recordaba más a mí.
Además de todo eso, daba la casualidad de que Dolores había nacido en 1873
(un siglo antes que mi nacimiento).
Esta coicidencia me alentó a limpiar o enmendar su proceder para subsanar
el enfado de su padre.
He comenzado en muchas ocasiones, una novela histórica que albergase la
biografía de mi tatarabuelo, D. Salustiano Orive Oteo, pero es una tarea que me
supera porque verdaderamente, tuvo una existencia muy... prolífica,
original por así decirlo, y quiero hacerlo a través de
diversos personajes que le rodeaban. Entre ellos mi bisabuela, a la que no
conocí personalmente, pues falleció en Logroño, la noche vieja de 1958, de un
infarto. Curiosamente, su madre Doña Vicenta Ontiveros Torre, había
fallecido en el día de navidad de 1905
Ya digo, en ocasiones la he empezado, variadas formas: como novela
romántica, histórica, con la suposición del día en que se leyó su
testamento, comenzando también por la historia de los Orive y de los
Ontiveros Torre pero finalmente he optado por centrarme en la de su
segunda hija, con la que tuvo muchísimos problemas hasta el punto de apartarla
en su testamento y que se convirtió en mi bisabuela al casarse con José
Gamarra Burguero el 2 de abril de 1898.
Quiero comprenderla y acercarme a su realidad.
Al morir mi tatarabuelo dejó un testamento singular y totalmente estrambótico
que no tiene desperdicio.
«Yo, Salustiano Orive y Oteo, infanzón según
justificante que acompaña a este testamento, con residencia mercantil en Logroño,
viudo de Dña Vicenta Ontiveros y Torre, hijo de Bernardo y Evarista, ya
difuntos, natural de Briones, provincia de Logroño, expreso a continuación mis
disposiciones testamentarias: De mi matrimonio tengo cinco hijos, declaro
asimismo tener uno natural llamado Salustiano.
Con pena declaro que todos mis hijos de matrimonio han correspondido en
manifiesta ingratitud al cariño y generosidad, a ninguno debo atenciones, sino
ofensas grandísimas. La codicia insaciable e inmoral se ha manifestado
repetidas veces de modo altamente denigrante para ellos y ofensivo para mí.
Algún día la conciencia les roerá el alma y llorarán lágrimas de sangre.
En consecuencia, no pudiendo olvidar tan inicuos prócederes, adopto las
precauciones necesarias para preservar mi fortuna de toda disipación y evitar
que caiga en las personas que han codiciado adquirirla ilegítimamente con
hechos y demostraciones más expresivas, sin reparar medios, los más bochornosos
y criminales, utilizándolos en su beneficio material.
Acepto a mis hijos con la legítima del Fuero de Vizcaya a que está sometida
mi herencia, excluyéndolos de ésta con una teja, un árbol y un real de vellón y
un puñado de tierra.
Instituyo por únicos y universales herederos a mis hijos Salustiano (hijo
natural) y Julio. A mi hijo Salustiano como heredero de todos mis bienes
muebles: de los derechos a ser el solo propietario y dueño de las fórmulas de
mi Licor del Polo, de mi Agua de Colonia, polvos de Talco, jabón y productos
dentífricos.
Quedaría excluido de mi herencia el heredero que profese en orden o
congregación religiosa: El que todo lo espera de ultratumba nada necesita de
este mundo terrenal.
Dejo quinientas pesetas durante 80 años para obras benéficas en general…
pero prohibiendo absolutamente que de esta pensión se distraiga ni un céntimo
para objetos ni fines religiosos.
Lego a mi pueblo de Briones las
cantidades siguientes: cincuenta mil pesetas distribuidas en anualidades
destinadas a construir una escuela.
Dos mil pesetas durante 80 años para sueldo del profesor y material. El
profesor no tendrá a cargo más de 60 niños y si excede serán dos profesores. Lo
mismo digo para la maestra o maestras de sexo femenino.
En una y otra escuela se excluirá en absoluto las enseñanzas de todo dogma
religioso. Mis testamentarios se cuidarán con especial celo de que no se
tuerzan, violenten ni interpreten mis ideales que son los de formar hombres y
mujeres honrados, ciudadanos dignos de pública estimación sin prejuicio de
misterios que nublen los cerebros como la hacen todas las religiones positivas.
Quinientas pesetas anuales durante el mismo plazo para reposición y
conservación de los instrumentos musicales. Prohíbo que con mis instrumentos se
acompañe en procesiones y otras fiestas religiosas. La obligación de los
músicos será tocar los días festivos con objeto de retirar de las tabernas y
casas de juego a la juventud guiándola por la educación artística.
Firmado el 12 de diciembre de 1912».
Pretendo realizar una
novela que sea ficticia pero basada en personajes y situaciones reales.
Evidentemente, la sociedad de la
época era totalmente diferente a la actual y no pretendo juzgar su forma
de actuar pero sí quiero dejar la historia recogida para que se conozca y amortiguar
en cierto modo, la maldición que nos dejó nuestro tatarabuelo, Salustiano Orive
Oteo en su testamento.
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